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Quiero una asesoría

Características

Las cantidades que se inviertan en los fondos de inversión más los intereses generados, serán acumulables en la declaración anual del ejercicio en que se reciban o se retiren. Este diferimiento del impuesto, permitirá contar con tasas impositivas más bajas en el futuro.

¿Cuál es la fecha límite para aprovechar este beneficio?
La fecha límite para realizar aportaciones es el mes de abril, teniendo una ventaja sobre el Plan Personal de Retiro cuya fecha límite es el cierre del ejercicio fiscal, 31 de diciembre.

¿Cuál es el tiempo de permanencia y montos de inversión?
Con Multitrust:
Usted puede contar con un plan de inversión y hacer uso de este beneficio fiscal con un monto mínimo de apertura de $30,000.00 M.N. No hay tiempo de permanencia mínima.

Con Skandia Crea Futuro:
Usted puede contar con un plan de ahorro con seguro de vida y aprovechar este beneficio fiscal con una aportación mínima de $1,500.00 M.N. El plazo mínimo es de 10 años.

¿En qué se invierte?

En Skandia ponemos a su disposición una amplia gama de fondos de inversión los cuales han sido seleccionados previamente mediante un análisis cualitativo y cuantitativo, a fin de encontrar los mejores fondos de los más destacados administradores de fondos de inversión, tanto locales, como internacionales.

Skandia
BANORTE
Santander Asset Management
Principal
Grupo Bursátil Mexicano
Scotia
Sura
Franklin Templeton Investments
Entre otros.

¿Cómo Contratar?

Contrata este producto en dos sencillos pasos:

1. Es necesario que sea atendido personalmente por un Financial Planner o Asesor. Para asignarle uno, contáctenos por medio de:

  • Servicio de Atención al Cliente: 5093 0220

2. Durante la visita del Financial Planner o Asesor, tenga a la mano los siguientes documentos:

  • Copia de Identificación Oficial.
  • Copia de Comprobante de Cuenta Bancaria.
  • Copia de RFC o CURP.
  • Copia de la constancia fiscal.
  • Copia de Comprobante de Domicilio (No mayor a 3 meses de antigüedad).
  • Comprobante de inscripción para la firma electrónica avanzada (si cuenta con ella).
  • En casos especiales se solicitará documentación adicional.
Consultas adicionales

Información Fiscal sobre la Cuenta Especial para el Ahorro
Para mayor referencia lo invitamos consultar el Artículo 185 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en donde obtendrá toda la información sobre la Cuenta Especial para el Ahorro.

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PLAN 4 EN 1

Ahorro Inteligente

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Seguridad con Fideicomiso

Potencial de Inversión